Este contrato establece incluso un pagaré, instrumento del cual hablamos también en una ocasión anterior, estableciendo una protección adicional para el aseguramiento del pago correspondiente a tiempo y sin perjuicio de otras acciones que puedan emprenderse en esos casos.
Veámoslo:
M.Sc.Ibely Matos De Nouel
ABOGADA
CONTRATO COMERCIAL
COMPRAVENTA A CRÉDITO
SEGUNDA: Objeto y Precio. La Vendedora vende previo requerimiento anexo al presente contrato y se obliga a entregar a La Compradora la cantidad de ___________ unidades de _______________________________________________ _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
La mencionada mercancía tiene el precio unitario de USD. (______) por lo cual, en atención a la cantidad requerida, el precio SUBTOTAL que se obliga a pagar La Compradora es de $ (______) a lo cual debe sumarse el Impuesto al valor agregado de _______% sobre ese monto, para obtener una obligación total a pagar igual a USD. __________
TERCERA: Forma de Pago. La Compradora se compromete a pagar a precio fijo a La Vendedora, la cantidad de USD. ___________ (en letra), cantidad que será pagada dentro de los _______ (xx) días naturales siguientes a la entrega total de los bienes, previa presentación de la factura debidamente declarada fiscalmente. El pago se efectuará a través de La Compradora mediante __________transferencia electrónica, cheque, efectivo _____ los días ______ de cada mes.
Queda expresamente entendido que esta es una VENTA A CRÉDITO, y que por ser perfecta, pura simple e irrevocable, genera obligaciones inmediatas para ambas partes según lo descrito en el presente contrato, indistintamente de lo que figure en otro documento pues este contrato es ley entre las partes. El comprador convierte este contrato en un pagaré en los siguientes términos:
Debo y pagaré incondicionalmente a la orden de _____________________________________________ en el lugar y la fecha que se me reconvenga, el valor total expresado en este documento, más los impuestos legales respectivos y el máximo interés legal correspondiente en caso de MORA autorizado por la Junta Monetaria para Bancos e Instituciones Financieras, más todos los gastos que ocasione su cobro según así lo afirme La Vendedora sin ninguna formalidad. Sin necesidad de protesto, exímese de la presentación para el pago ni aviso por falta de este hecho. Renuncio a mi domicilio y me someto a la jurisdicción competente en Quito y trámite ejecutivo verbal sumario a elección de La Vendedora o sus cesionarios.
Acepto que __________________________________________ ceda, venda, o transfiera los derechos que emanan de la presente cláusula sin necesidad de notificación.
Lugar y Fecha ______________________Debo y Pagaré_ La Deudora_______________
CUARTA: Lugar de Entrega. La mercancía ya descrita, debe ser entregada en ______________el almacén de La Vendedora ubicado en _________, _________, _____________. Las entregas se realizaran coordinadamente con el almacén, con previo aviso a los teléfonos __________, en días hábiles de lunes a viernes, en un horario de ________
QUINTA: Plazo de Entrega. La Vendedora se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de _____ (______) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de la mercancía hecha en el requerimiento anexo. Además La Vendedora se obliga a entregar a La Compradora un acta de entrega sellada con la indicación de venta a crédito y debe asegurarse de la firma autorizada para recepción de la mercancía.
SEXTA: Garantía de los bienes. La Vendedora se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, sobre integridad del material dado en venta, comprometiéndose a su reposición por otros de la marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la comprobación del daño imputable a La Vendedora.
SÉPTIMA: Garantía de Cumplimiento de Contrato. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas La Compradora, se establece una SANCION PECUNIARIA por la falta de pago de algunas de las cuotas correspondientes al crédito. Dicha sanción es el equivalente al 100% calculado sobre el monto de la cada cuota dejada de pagar.
OCTAVA: Incremento. La Compradora para acordar el incremento en la cantidad de los productos solicitados, mediante la modificación del presente contrato, o adéndum adjuntado al presente respaldado en nueva acta de requerimiento de materiales y todo quedará conforme a los mismos términos de este contrato.
NOVENA: Prohibición de trasladar estos Derechos y Obligaciones. Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse total, ni parcialmente bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la aplicación de la misma sanción pecuniaria establecida en la cláusula séptima anterior sobre el monto total de la compra.
DÉCIMA: Consentimiento. Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones ya especificadas
DÉCIMA PRIMERA: Jurisdicción. Para la interpretación y debido cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los juzgados comunes del DM de Quito Ecuador, renunciando al fuero que les corresponda en atención a su domicilio presente o futuro
Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal de este contrato lo firman en la Ciudad de Quito, a los _________ días del mes de ________ de Dos Mil ___
Por La Compradora Por la Vendedora
No hay comentarios.:
Publicar un comentario